|
|
| |
¿Quién protege el
patrimonio cultural?
nota extraída de Diario Clarín
www.clarin.com
Cómo cuidar el patrimonio
Coleccionistas, antropólogos y
representantes de las comunidades indígenas se preguntan
también quiénes y de qué modo lo llevarán adelante el
Registro encargado de relevar y proteger así al
patrimonio arqueológico. El abogado Antonio Calabrese,
responsable del Registro, asegura que se trata de formar
"una base de datos para la investigación y el control,
para evitar que se disperse el patrimonio. Si se llega a
perder una pieza —explica—, estará identificada
debidamente e Interpol podrá tener sus datos. Pero, a su
vez, a este registro no podrá ingresar cualquiera, ya
que también se ocupa de los yacimientos o sitios
arqueológicos: si todo el mundo tuviera acceso los
sitios se llenarían de huaqueros que los saquearían en
muy poco tiempo". Calabrese cuenta también que los
formularios del Registro requieren las siguientes
indicaciones a los tenedores de piezas: el origen de la
pieza, una descripción de la misma (tamaño, peso, forma,
color, materiales con los que fue construida y otros
datos clave) e incluye fotografías del objeto en
cuestión.
La revista quiso saber si en todo los
casos se da esto.
Calabrese dice que no. "Los grandes
coleccionistas pueden hacerlo, ya que cuentan con los
medios necesarios, pero no el campesino que tiene tres o
cuatro piezas que encontró casualmente en su tierra. En
ese caso sería el Estado provincial el encargado de este
registro, ya que ésta es su responsabilidad originaria;
después, cada municipio o provincia tendrá que elevar lo
registrado a la Nación. En sí, el Estado nacional sólo
se ocupa de aquellos sitios de jurisdicción nacional;
esto es así porque ésta es la única ley federal en todo
el derecho internacional comparado, las demás toman en
en cuenta los bienes como de dominio público nacional,
mientras que acá eso se define mediante el concepto de
jurisdicción. Los objetos son propiedad de las
provincias o de las ciudades (no así en el caso de los
privados). Cada provincia registra y es autoridad de
aplicación en su jurisdicción."
Pero el Estado debe custodiar el
patrimonio. ¿Entonces?
"Hay una distinción necesaria que
hacer —responde Calabrese— entre el dominio del objeto
en sí y el patrimonio cultural al que pertenece:
particularmente, el objeto es de dominio privado,
mientras que en términos genéricos la custodia del
patrimonio, en tanto que bien público, le pertenece al
Estado."
¿Las provincias cuentan con la
infraestructura necesaria para llevar adelante este
trabajo? Calabrese reconoce que en muchos caso no. "Pero
en un sistema Federal toda provincia tiene derecho a
defender sus bienes —argumenta—. Este, entonces, es un
problema nacional. Las provincias sí tienen derecho a
solicitarle a la Nación los fondos necesarios para poder
registrar debidamente las piezas, esto siempre dentro de
las posibilidades de la secretaría de Cultura de la
Nación. Pero ésta es una tarea que va llevar muchos
años, y seguramente en ese lapso de tiempo se produzca
la diáspora de gran parte del patrimonio. Son los
problemas de un país en
default",
dice.
· continuación...
|
|
| |
|
|
|
 |
|
|
|
|
|